(Argentina) La Justicia confirmó la sentencia que obliga al Gobierno a reglamentar una norma para que los usuarios de teléfonos celulares puedan mantener su número si se cambian de compañía.
Así lo dispuso la Sala 5 de
Hasta la fecha, los usuarios podían cambiar de compañía, pero no tenían derecho a quedarse con el número. Si el abonado quería cambiar, debía resignarse a perderlo, pese a que el decreto 764 del año 2000 establece en el artículo 4 que la portabilidad numérica "es la capacidad que permite a los clientes mantener sus números cuando cambien de Prestador y/o de servicio y/o de ubicación geográfica en la que recibe el servicio".
El fallo, que fue dictado el 30 de junio pero que recién se difundió ayer, ordena al Estado Nacional a través de la Secretaría de Comunicaciones, a que en el plazo de 90 días hábiles reglamente la portabilidad numérica en la telefonía celular.
La Cámara basó su decisión en que "los usuarios son titulares del derecho a llevar su número", según consta en el fallo. Se estima que en el país hay 43 millones de líneas, y que el 80% se encuentran activas.


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