Políticas de infraestructura en Colombia, un espejo para la región

[influencers author=”José F. Otero” twitter=” https://twitter.com/Jose_F_Otero” linkedin=” https://www.linkedin.com/in/jos%C3%A9-f-otero-95b3b2/es” img=” https://media.licdn.com/mpr/mpr/shrinknp_400_400/p/1/000/265/010/0258f2d.jpg”] Director para América Latina y Caribe de 5G Americas[/influencers]

Uno de los mayores problemas para los proveedores de telecomunicaciones en América Latina es la lentitud en la reforma de leyes y procesos referentes a los permisos para el despliegue de infraestructura. Pese a que los beneficios de las telecomunicaciones, la conectividad y el acceso a Internet han sido demostrados por diversos estudios a nivel internacional, la burocracia existente en la región aún es un impedimento considerable para el desarrollo de las redes necesarias para brindar estos servicios.

En varios mercados de la región las autoridades locales, municipales o provinciales, las que tienen atribuciones sobre la autorización para la instalación de infraestructura. Considerando que los reglamentos y ordenamientos pueden variar no sólo entre provincias sino entre municipios, se tiene que al interior de un mismo país pueden existir centenares de reglas distintas. Esta falta de homogeneidad en las reglas de juego se mantiene como una barrera para la instalación y modernización de infraestructura de telecomunicaciones. Por esta razón, establecer procedimientos claros, precisos y estandarizados a nivel nacional incentiva el despliegue de equipos e instalaciones, permite el desarrollo de la industria de las telecomunicaciones y promueve la adopción digital.

Ante esta situación, se deben resaltar los esfuerzos de las autoridades de telecomunicaciones de Colombia enfocados en agilizar los procesos para el despliegue de infraestructura para redes de telecomunicaciones. Desde la perspectiva de 5G Americas, las medidas adoptadas por la Agencia Nacional de Espectro (ANE) presentan un acercamiento digno de estudio por el resto de los gobiernos de América Latina y el Caribe.

Como primer elemento, la Ley 1.753 en su artículo 193 establece en su parágrafo segundo el criterio del silencio administrativo positivo para todo tipo de infraestructura de telecomunicaciones. En pocas palabras, si una autoridad recibe una solicitud para la construcción, instalación, modificación u operación de equipos de telecomunicaciones y no se pronuncia en un plazo de dos meses, se entenderá que la licencia se concede a favor del peticionario.

Así, la autoridad en cuestión debe reconocer los efectos del silencio administrativo positivo en un plazo de 72 horas siguiente al vencimiento de los dos meses establecidos en la normativa. Esta primera disposición es aplicable para la infraestructura de telecomunicaciones en general. Ante esto, la ANE emitió reglamentación adicional que puede considerarse como positiva para el desarrollo de un entorno de celdas pequeñas o small cells en Colombia.

La Resolución 387[1] de la ANE relativa a condiciones que deben cumplir las estaciones radioeléctricas incluye disposiciones para el despliegue de small cells, equipamiento clave para el avance de las redes de banda ancha móvil.

Esta resolución contempla criterios para otorgar permisos de instalación de infraestructura que no requiere obra civil ni autorización de uso de suelo. Permitir la instalación de small cells reconociéndolas como infraestructura que no requiere obra civil o uso de suelo establece un marco de referencia sobre cómo considerar estos elementos de infraestructura en un contexto nacional.

Las medidas adoptadas por la ANE allanan el camino al crecimiento de redes avanzadas de banda ancha móvil en Colombia. Cifras de la consultora internacional 451 Research indican que para 2020 más del 50% de todas las líneas móviles de Colombia serán de LTE. Mientras que la firma de investigación especializada en el mercado de Internet de las Cosas y servicios maquina a máquina (M2M), Machina Research, prevé que Colombia para el 2024 posea cerca de 8 millones de conexiones M2M.

Ofrecer reglas de juego claras y en sintonía con los tiempos que corren es parte del trabajo que los Gobiernos pueden realizar para fomentar el desarrollo de las telecomunicaciones en el país y el avance de la conectividad, permitiendo la llegada de más y mejores servicios para los ciudadanos.

[1] Resolución número 387 de la ANE el 13 de junio 2016. “Por el cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir las estaciones radioeléctricas, con el objeto de controlar los niveles de exposición de las personas a los campos eléctricos y se dictan las disposiciones relacionadas con el despliegue de antenas de radiocomunicaciones, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 193 de la Ley 1753 de 2015”. Consultado en http://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-15536_documento.pdf