Regulador mexicano flexibiliza la portabilidad numérica

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó medidas para que el trámite de la portabilidad numérica sea más sencillo y ágil.

A partir de una consulta pública que tuvo lugar entre el 6 de abril y el 4 de mayo y al amparo del Comité Técnico en materias de Portabilidad, Numeración y Señalización el regulador realizó diversas reuniones de trabajo con los operadores. Allí, el IFT identificó diversas oportunidades para mejorar el proceso de portabilidad actual en beneficio de los usuarios.

La semana pasada, el IFT resolvió las siguientes modificaciones a las Reglas de Portabilidad Numérica:

  • Los usuarios que hagan uso de su derecho a la portabilidad numérica y que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el Formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos. Con la eliminación de estos elementos el proceso será más eficiente y se promoverá el uso de medios electrónicos en la tramitación de solicitudes de portabilidad.
  • Se amplía la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite. Así, el proveedor receptor podrá recabar, en cualquier momento, previo a la ejecución de la portabilidad, los documentos de identificación necesarios para la conclusión del trámite, con lo que se agiliza el proceso.
  • Se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario pueda dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad y, con ello, cuente con los elementos que le permitan exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas a partir del momento de la presentación de la solicitud ante el nuevo operador que eligió.
  • Se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones.
  • Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía – principalmente móvil – por parte del proveedor receptor, delimitando responsabilidades tendientes a asegurar la disponibilidad de elementos físicos (tarjeta SIM) necesarios para la prestación del servicio respectivo.

Las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas en el corto plazo y otras requerirán del desarrollo o adecuación de procesos y sistemas, por lo que se establece un periodo de 90 días para su debida aplicación.