BCRA impone igual normativa a bancos y fintechs

El Banco Central impuso la normativa para los bancos a las fintechs de crédito, las emisoras no financieras de tarjetas de crédito y compra, y las empresas de venta de electrónicos que ofrecen financiaciones.

Mercado Pago quedará alcanzada en la medida en que siga ofreciendo préstamos a sus usuarios.

Deberán cumplir con las mismas normas informativas de protección al usuario que rigen para los bancos. La norma fue adoptada por el Directorio del Banco a través de la Comunicación “A” 7146, en la que se establece que estas empresas deberán cumplir las mismas reglas sobre publicidad y transparencia en materia de tasas de interés, comunicación por medios electrónicos y regímenes informativos de transparencia y reclamos que el resto del sistema bancario, a través de un proceso gradual que se extenderá hasta marzo de 2021.

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También deberán inscribirse en el “Registro de otros proveedores no financieros de crédito”, siempre que superen los $ 10 millones de financiaciones otorgadas y sin importar si solicitan o no asistencia crediticia a entidades financieras.

“El Directorio del BCRA decidió extender el reconocimiento de los derechos a los usuarios de servicios financieros en materia de protección, de transparencia de las condiciones crediticias, publicidad, difusión y reclamos, no sólo a usuarios que acceden a créditos de las entidades financieras y de tarjetas de crédito no bancarias, sino además a quienes acceden a créditos de los otros proveedores no financieros de crédito”, aseguró el Central en un comunicado.

Nuevas obligaciones 

A partir del 1 de enero de 2021, las fintechs de crédito deberán cumplir con las reglas sobre tasas de interés, expresión de las tasas y publicidad.

Desde el 1 de febrero de 2021, estarán obligadas por las normas de protección de los usuarios de servicios financieros y comunicación por medios electrónicos.

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Y a partir del 1 de marzo de 2021, deberán dar cumplimiento al Régimen Informativo Mensual, en cuanto a secciones Transparencia y Reclamos, enumeró un boletín del estudio Bomchil.

Pero ya desde el 1 de diciembre próximo, los proveedores no financieros de crédito y los miembros de sus órganos de gobierno, administración y fiscalización estarán sujetos a la aplicación de las sanciones previstas para los bancos si no cumplen la normativa del BCRA.

Alcance

Según un relevamiento de la autoridad monetaria, cerca de cuatro millones de personas accedieron a financiaciones con este tipo de empresas en el país, equivalente a entre el 10% y 11% de la población adulta, a 19 % de la PEA, y a 30% del total de deudores del sistema financiero.

Al mismo tiempo, el 77% de las fintechs de préstamos cobran de sus clientes un Costo Financiero Total (CFT) que supera, como mínimo, el 150% anual, mientras que más de la mitad de las fintechs percibe un CFT por arriba de 400% anual.

Agrupadas en la categoría de “Otros Proveedores No Financieros de Crédito”, se trata de empresas que, sin ser entidades financieras, realizan como actividad principal o accesoria la oferta de créditos al público en general, otorgando de manera habitual financiaciones alcanzadas a personas (humanas y jurídicas) tanto para la compra de bienes y/o servicios como sin destino específico.

Están comprendidas en esta categoría las fintech de crédito, las empresas emisoras de tarjetas de crédito por las financiaciones que no se rigen por la Ley de Tarjetas de Crédito, y las empresas de venta de electrodomésticos que ofrecen financiaciones, según detalló oficialmente el BCRA.

Por otra parte, la Comunicación “A” 7146 estableció que las mutuales y cooperativas no están alcanzadas por esta Resolución, mientras el Central trabaja en conjunto con el Inaes (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social) en el diseño de un marco normativo para la protección de los usuarios de este tipo de sociedades.