Las operadoras no podrán ofrecer descuentos

(Chile) El máximo tribunal del país señaló que las restricciones que el Tribunal de la Libre Competencia había impuesto de manera temporal, ahora serán permanentes. Las operadoras telefónicas telecomunicaciones podrán ofrecer packs de sus servicios de telecomunicaciones (telefonía móvil, fija, internet, televisión) pero no podrán entregar beneficios ni descuentos.

Esto porque el fallo de la Corte Suprema respecto de la reclamación presentada por TuVes en contra del instructivo dictado por el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) sobre las tarifas on net/ off net y ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones señala que las restricciones impuestas a la paquetización de servicios se deben aplicar en forma permanente y no sólo hasta el momento de iniciada la prestación del servicio de transmisión de datos de la red 4G, como lo había ordenado el organismo antimonopolios.

El Tribunal de la Libre Competencia en su instructivo impuso limitaciones en la oferta de packs, entre ellas, que el precio de los servicios vendidos de manera conjunta debe ser mayor, a lo menos, que el precio de venta por separado del producto o servicio integrante de mayor valor.

Por otro lado, se obliga a las operadoras a vender por separado cada uno de los servicios que integren un pack y no pueden condicionar ni explícita ni implícitamente las contratación de un servicio a la de otro.
 

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